Lineamientos del Gobierno Nacional para la campaña ‘Cierra la llave y apaga la luz’
El Gobierno Nacional, a través de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, publicó el 23 de abril de 2024 la resolución CREG 101 042 que define el programa de incentivos transitorios para ahorro de energía, por medio de un esquema de tarifas diferenciales para los usuarios.
Dicha resolución es emitida tras la contingencia que deja el fenómeno de El Niño por el desabastecimiento de agua en los embalses, ubicados en distintas zonas del país, y que se usan para la generación de energía eléctrica. Sumado al aumento en el consumo por parte de los usuarios, debido a las altas temperaturas que se han presentado tras la ola de calor.
Es importante recordar que actualmente el nivel de los embalses es inferior al 30%, cuando en épocas normales, sin fenómeno de El Niño es superior al 70%.
En ese sentido, Energía de Pereira continuará reforzando su campaña Apaga la corriente, enciende el ahorro, iniciativa que empezó en julio del 2023, anticipándose a la situación que conllevaría el fenómeno climático, donde muchas zonas de Colombia alcanzaron los 40 grados centígrados.
Según la resolución, se fijará una meta de consumo individual para cada usuario regulado1, que será determinada a partir de su consumo promedio diario de energía, expresado en kilovatios-hora por día (kWh-día), y que se calculará con la información del último ciclo de lectura completo que haya finalizado antes del 15 de marzo de 2024. Esta lectura se dividirá entre el número de días correspondiente al ciclo de lectura.
Quien tenga un consumo superior a su meta individual 2, se le cobrará un valor adicional por cada kilovatio-hora (kWh) consumido por encima de su meta individual3. En ese sentido, según lo dispuesto en la resolución, el valor adicional se cobrará de la siguiente manera:
- Para estratos 1, 2 y 3: por cada kWh adicional consumido por encima de su meta individual tendrá un sobrecosto del 30 %.
- Para estratos 4, 5 y 6: por cada kWh adicional consumido por encima de su meta individual tendrá un sobrecosto del 50%.
- Para los sectores comerciales e industriales: por cada kWh adicional consumido por encima de su meta individual tendrá un sobrecosto del 100%.
La resolución también establece que aquellos usuarios que tengan consumos por debajo de su meta individual, es decir aquellos que ahorraron, una vez finalizada la aplicación de este programa, recibirán un INCENTIVO O BENEFICIO a través de la factura de energía como un saldo a favor del usuario.
Este incentivo o beneficio se distribuirá proporcionalmente según el ahorro de consumo de cada usuario, respecto al total del ahorro de consumo de todos los usuarios en relación con la meta individual. Por lo tanto, el incentivo o beneficio se obtendrá del valor adicional cobrado a los usuarios que superaron su meta individual hasta la finalización del programa.
Este incentivo o beneficio se distribuirá proporcionalmente según el ahorro de consumo de cada usuario, respecto al total del ahorro de consumo de todos los usuarios en relación con la meta individual. Por lo tanto, el incentivo o beneficio se obtendrá del valor adicional cobrado a los usuarios que superaron su meta individual hasta la finalización del programa.
Foto web Canal Institucional
Es importante mencionar que la resolución CREG 101 042 de 2024 establece los casos en los cuales a un usuario regulado no les aplica la disposición, así:
- Usuarios cuya determinación del consumo se realice mediante procesos distintos al de lectura de medidor.
- Usuarios con medidor prepago para el servicio de energía eléctrica.
- Usuarios con esquemas de autogeneración.
- Usuarios con predios desocupados o con consumo cero de energía, para el ciclo de lectura completo inmediatamente anterior al 15 de marzo de 2024, o que queden desocupados o con consumo cero de energía durante la vigencia de este programa.
- Usuarios con servicio público domiciliario de energía eléctrica suspendido.
- Usuarios correspondientes a puestos y centros de salud, hospitales, clínicas y centros educativos y asistenciales.
- Usuarios que se encuentren en mora para la entrada en vigencia del presente programa, o entren en mora durante la vigencia de este. Es decir, a aquellos que en algún momento entren en mora después de aplicado el programa, inmediatamente pierden el beneficio.
De igual manera, la resolución expresa que aquellos usuarios que quieran ser excluidos de la campaña de incentivos por una situación extraordinaria en el comportamiento de sus consumos, podrán hacerlo informando a la empresa o comercializador, para lo cual deberán soportar de manera clara, suficiente y verificable las razones por las cuales se deben retirar o excluir de este programa transitorio.
Pequeñas acciones, como apagar las luces, usar lo menos posible los electrodomésticos con resistencias como: la plancha, la freidora, la arrocera o la sanduchera. Así mismo, desconectar los aparatos eléctricos cuando no los estás usando, hacen una gran diferencia. Te invitamos a seguir nuestras redes sociales Energía de Pereira para conocer más tips de ahorro.
Recuerda que el programa estará vigente hasta cuando el gobierno lo indique.
Para ampliar más la información te invitamos a leer la resolución: Resolución CREG 101 042 de 2024
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